Afiliado Voluntario
La figura de la afiliación voluntaria al Sistema de Pensiones existe desde 2008 con el objetivo de que todas las personas puedan ahorrar para su pensión, aun cuando no reciban ingresos.
Los aportes pueden ser realizados de manera mensual o anual y el aporte mínimo es el 10% de un Ingreso Mínimo para Fines No Remuneracionales.
- Incorporación a la AFP:
La solicitud de incorporación se debe realizar en las sucursales o página web de la AFP que se adjudicó la licitación para la administración de cuentas de capitalización individual, por ofrecer la comisión más baja del sistema. Desde el 1 de octubre de 2023 y hasta septiembre de 2025, AFP Uno cobra la comisión más baja: 0,49% de la remuneración o renta imponible de la persona. Por esta razón, quienes ingresen por primera vez al sistema deben afiliarse a ella. - Elección de multifondos:
Durante el proceso de incorporación a la AFP se debe elegir el multifondo en el que se acumularán los ahorros previsionales. Existen cinco alternativas: A, B, C, D o E. El Fondo A es el que tiene mayor rentabilidad esperada, pero al mismo tiempo mayor variabilidad por tener mayor proporción de inversión en renta variable. Mientras que el Fondo E es el con menor variabilidad y rentabilidad esperada. Con esta elección, se termina el proceso de incorporación. - Afiliación:
Luego del proceso de incorporación se pueden comenzar a realizar aportes a la cuenta del afiliado voluntario. Los aportes pueden ser realizados de manera mensual o anual y el aporte mínimo es el 10% de un Ingreso Mínimo para Fines No Remuneracionales.No hay edad mínima para ser afiliado voluntario, por lo que los niños también pueden ahorrar para su pensión. Se podrán hacer tantos aportes directos como se deseen y se podrán hacer pagos mensuales por descuento de la remuneración del cónyuge del afiliado voluntario.En el caso de las cotizaciones de menores de edad o hijos sin ingresos, las cotizaciones pueden ser pagadas por sus padres a través de internet en www.PreviRed.com o por descuento mensual por planilla en acuerdo con el empleador.
Toda persona que no ejerza una actividad remunerada puede afiliarse a una AFP y enterar cotizaciones en una Cuenta de Capitalización Individual. Si ya está afiliado a una AFP e inicia cotizaciones por este concepto, dará origen a una nueva cuenta personal voluntaria.
También pueden cotizar como afiliados voluntarios los trabajadores independientes que no perciban rentas del artículo 42 Nº 2 de la Ley sobre Impuesto a la Renta. No obstante, las cotizaciones al fondo de pensiones y salud tendrán el carácter de cotizaciones previsionales para los efectos de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
Debe suscribir el formulario «Solicitud de Incorporación». Tiene plazo hasta el último día del quinto mes siguiente a la suscripción de la solicitud, para formalizar la afiliación a través del pago de la primera cotización. De no existir este pago, la AFP anulará el documento de incorporación y el registro de afiliación creado.
Los trabajadores dependientes, independientes y aquellos que deseen incorporarse como voluntarios al sistema deberán incorporarse por 24 meses a la AFP que se adjudicó la licitación (actualmente AFP Uno). Si ya está afiliado a una AFP y desea cotizar como afiliado voluntario, deberá cotizar en la AFP donde registra su cuenta de cotizaciones obligatorias. Solo debe realizar el pago, lo que generará la apertura de Cuenta de Cotizaciones de Afiliado Voluntario.
Sí. El afiliado voluntario podrá elegir el o los tipos de fondos en los que desea mantener su cuenta personal, manifestando su opción en la Solicitud de Incorporación. De no hacerlo, será asignado por la administradora de acuerdo con su edad.
Para el trabajador que ya está incorporado a una AFP e inicia cotizaciones como afiliado voluntario, deberá optar por el tipo de fondo en el que mantendrá su cuenta, de no hacerlo, su cuenta deberá ser creada en el mismo tipo de fondos donde tiene la cuenta de cotizaciones obligatorias.
Las cotizaciones podrán ser efectuadas por el mismo afiliado o por otra persona natural en su nombre y no tendrán el carácter de cotizaciones previsionales para efectos de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
En caso del trabajador dependiente que opte por realizar cotizaciones de afiliado voluntario para su cónyuge o conviviente civil, mediante descuento de sus remuneraciones, deberá suscribir el formulario “Autorización, Modificación o Revocación de descuento para la cuenta de capitalización individual de afiliado voluntario”, a efectos de autorizar a su empleador para que realice el descuento indicado de la remuneración y posterior pago en la AFP.
Se debe enterar la cotización de afiliado voluntario y la cotización adicional, incluido el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia. El pago puede ser mensual o mediante un solo pago por los 12 meses. En los casos que exista suscripción de formulario “Autorización, Modificación o Revocación de descuento para la cuenta de capitalización individual de afiliado voluntario”, el empleador debe realizar el pago mensualmente.
Cada cotización debe ser proporcional (según tasa comisión AFP) a lo menos a un Ingreso Mínimo Mensual para Fines No Remuneracionales vigente.
El trabajador que realiza cotizaciones como afiliado voluntario podrá además realizar depósitos a la Cuenta de Ahorro Voluntario, por lo que podrá tener la Cuenta de Capitalización Individual de Afiliado Voluntario y la Cuenta de Ahorro Voluntario (Cuenta 2).
- 10% cotización obligatoria
- Entre 0,49% y 1,45% de comisión de AFP. (Si es la AFP Uno, la comisión es de 0,49%).
- Desde enero de 2025 la tasa vigente del SIS para empleadores, afiliadas y afiliados independientes y voluntarios es de 1,38% de las remuneraciones y rentas imponibles, tanto para mujeres como hombres.
- Para las y los trabajadores independientes que realizan cotizaciones mediante retención de impuestos, la tasa SIS a considerar para el año tributario 2025 es de 1,5%.
Previred es una plataforma digital gratuita que permite que empleadores y a independientes pagar cotizaciones previsionales.
¿Qué se puede pagar en Previred? Cotizaciones de AFP, Fondos de Cesantía, Fonasa o Isapre, Mutuales, Cajas de Compensación y el Ahorro Previsional Voluntario.
Para realizar los pagos se debe:
- Crear una cuenta en Previred. Se ingresa el RUT y el número de serie para validar la cédula de identidad.
- Entregar datos de contacto y crear una contraseña.
- Para acceder, se debe ingresar al sitio web de Previred con la clave secreta.
- Enviar o digitar la nómina de trabajadores o los datos personales.
- Generar las plantillas de cotizaciones previsionales y las órdenes de pago.
- Revisar la información.
- Realizar la transferencia de fondos a pagar.
- Recibir la confirmación del proceso.
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